Los tipos de interés se mantendrán sin cambios durante el primer trimestre de 2026.
El Servicio de Impuestos Internos (IRS) anunció hoy que las tasas de interés se mantendrán sin cambios para el trimestre calendario que comienza el 1 de enero de 2026.
Para las personas físicas, el tipo de interés por pagos en exceso y pagos en defecto será del 7% anual, con capitalización diaria.
Las tarifas son las siguientes:
- 7% para pagos en exceso (pagos realizados por encima del monto adeudado), 6% para corporaciones.
- 4,5% por la parte de un sobrepago corporativo que exceda los 10.000 dólares.
- 7% por pagos insuficientes (impuestos adeudados pero no pagados en su totalidad).
- 9% para grandes pagos insuficientes de empresas.
Según el Código de Impuestos Internos, la tasa de interés se determina trimestralmente. Para los contribuyentes que no sean corporaciones, las tasas por sobrepago y por pago insuficiente corresponden a la tasa federal a corto plazo más 3 puntos porcentuales.
En general, para las corporaciones, la tasa por pago insuficiente es la tasa federal a corto plazo más 3 puntos porcentuales, y la tasa por pago excesivo es la tasa federal a corto plazo más 2 puntos porcentuales. La tasa para los pagos insuficientes de grandes corporaciones es la tasa federal a corto plazo más 5 puntos porcentuales. La tasa sobre la porción del pago excesivo de impuestos de una corporación que exceda los $10,000 para un período impositivo es la tasa federal a corto plazo más medio punto porcentual (0.5).
Los tipos de interés anunciados hoy se calculan a partir del tipo federal a corto plazo determinado en octubre de 2025. Consulte la resolución tributaria para obtener más detalles.
CORTESIA IRS NEWS
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